Entrevista a Manuel Velandia Mora
Realizada por la Oficina de los Jóvenes Derechos Estudiantiles y de la vida cotidiana.
Bajo el título: DERECHOS JÓVENES: LA OPCIÓN SEXUAL, UN DERECHO DE L@S JÓVENES
Octubre del 2000.
www.derechosjovenescepecs.org/aa/img_upload/d2f4cceaac414336040fb106afcaf4ee/DJ29.pdf
La comunidad educativa discrimina y sanciona a las y los estudiantes que con sus palabras y su presencia cuestionan el machismo y las relaciones heterosexuales dominantes, negando así los derechos sexuales y los mandatos de las Cortes.
Dialogamos con Manuel Velandia, sociólogo e investigador de la sexualidad humana, quien hace 20 años defiende los derechos sexuales desde Apoyémonos, una organización que trabaja la problemática del SIDA.
¿Cómo trata la escuela a l@s jóvenes frente a su opción sexual?
Colombia es de los pocos países que tienen un proyecto de educación sexual, sin embargo, en muchas instituciones se quedó sólo en las palabras sin transformar la realidad, en otras trabajaron al comienzo pero ha decaído. El proyecto adolece de algunos elementos: no son claras la masculinidad y las orientaciones sexuales, es bastante heterosexual, tiene poca información sobre homosexualidad, menos sobre lesbianidad y bisexualidad, no ofrece alternativas para l@s jóvenes que toman una opción diferente a la orientación heterosexual. Tiene pocos elementos sobre expresiones comportamentales sexuales, no aborda clara y significativamente las expresiones de l@s jóvenes para satisfacer sus deseos y erotismo. Hay cambios en la legislación y en los fallos de la Corte Constitucional, pero no afectan a la escuela, allí impera la violencia para quienes asumen orientaciones o expresiones diferentes a la masculinidad, la feminidad y la heterosexualidad.
Los chicos homosexuales y las niñas lesbianas no tienen espacios para dialogar con l@s docentes, las orientadoras y menos las directivas. Hay colegios que discriminan y expulsan a los jóvenes por la ropa, el peinado o amaneramientos que califican de homosexuales, y a las niñas por ejercer su derecho a maternar. L@s maestr@s deben saber que trabajan con personas tienen derecho a ser únicas, irrepetibles, trascendentes, evolutivas dinámicas e históricas, que no tienen que ser el reflejo de sus maestros o de sus padres sino, cuando mucho, de símism@s.
¿Qué pueden hacer l@s jóvenes para defender su derecho a la opción sexual en la escuela?
En Apoyémonos trabajamos las problemáticas del SIDA recibimos muchas consultas relacionadas con la sexualidad, por ello creamos “Equiláteros, Proyecto Colombiano de Diversidad y Minorías Sexuales” con el cual servimos a heterosexuales, bisexuales, homosexuales, lesbianas, hombres, mujeres o intersexuales ya sean masculinos, femeninos, andrógenos o transgéneros. En el teléfono 3101010 de Bogotá, entre 2 p. m y 7 p.m, encontrarán un psicólogo, sociólogo o trabajador social que atender inquietudes y, si requiere apoyo emocional, ofrecemos citas a costo. También brindamos apoyo emocional a los padres porque cubrimos que muchos conflictos son más de ellos que de l@s jóvenes. También vamos a las escuelas y hacemos talleres, los costos depende la cantidad de horas y el tipo de institución.
¿Y la relación jóvenes, opción sexual y SIDA?
Sobre esto existen muchos prejuicios, por ejemplo, se cree que los homosexuales son los más afectados, sin embargo, la población más vulnerable al SIDA son l@s jóvenes entre los 17 y 23 años y viene incrementándose la proporción de mujeres afectadas: hace 17 años era de 1 por cada 57 hombres, ahora es de 1 a 4. Esto es un riesgo para ellas y, en caso de quedar embarazadas, para sus hijos.
Las mujeres en muchos casos, son agredidas física y verbalmente cuando expresan a sus parejas el uso del preservativo, es decir, cuando piensan en su salud, en su cuerpo, en su vida.- Frente a los casos de discriminación de niñ(@s por amaneramientos que se interpretan como orientación sexual ¿qué opina? Hay que entender que l@s niñ@s y aún l@s jóvenes no han construido su orientación sexual sino que están en el proceso de hacerlo, así que acercarse afectivamente a otras personas es parte de esa búsqueda, acercarse a otro hombre puede ser una manera de definirse como heterosexual y no necesariamente como homosexual.
La comunidad educativa desconoce los lenguajes de la sexualidad y por eso se considera como homosexuales a quienes tienen ciertos amaneramientos, son consentidos o no quieren juegos bruscos. Se discrimina más a los chicos que a las chicas, se busca más la homosexualidad que la lesbianidad.
¿Quién da la última palabra en sexualidad?
En la escuela hay un desconocimiento de los derechos sexuales, que yo llamo derechos diversificadores de hombres y mujeres. L@s docentes tienen alocuciones marcadamente sexistas, a las mujeres las preparan para servir a los hijos, no para maternar, y a los hombres para producir y mantener la familia”. Tal desconocimiento se nota en las preguntas que hacen l@s docentes, como por ejemplo
¿cuándo hablar de homosexualidad?
Nunca me preguntan cuando hablar de la heterosexualidad, bisexualidad o lesbianidad. En la medida que una orientación sexual es tratada de manera diferente a las otras, los chicos la vivencian diferente y tratan esas otras opciones de otra manera”. Así mismo, algunos elementos para superar estas situaciones: L@s docentes tratarán de otra manera el tema de las orientaciones sexuales cuando hablen de cómo los seres humanos comparten la afectividad con otros seres, de igual o diferente opción sexual y que ninguna de esas posibilidades es mala en sí, sino que hay situaciones sociales que ponen al margen a quienes se definen de una manera que no es considerada el deber ser de la oficialidad.
Para hacer realidad el derecho a la opción sexual en la escuela resulta necesario acompañar la palabra con las acciones. Superar los tratos discriminatorios a las y los jóvenes, así como las visiones estereotipadas sobre la feminidad o masculinidad.
Las formas de vestir, la presentación personal y los comportamientos no dependen del sexo sino de los significados que los seres humanos les hemos atribuido: determinadas expresiones de afecto, ejemplo, no son exclusivas de las jóvenes sino que han sido negadas a los jóvenes; el aprendizaje de algunos saberes u oficios está limitado para las jóvenes porque socialmente lo hacemos y no porque su sexo se lo impida. La orientación sexual, como se ve, excede las relaciones genitales que, en todo caso, requieren ser respetadas en tanto decisión personal y autónoma de cada ser humano. De no hacerlo se estará sojuzgando su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Normativa, jurisprudencia y legislación
Declaración Universal
Art.2: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión.
Art.7: Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración, contra toda provocación a tal discriminación.
Art. 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada... Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Art. 26: La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y a las libertades fundamentales.
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
Art. 5: Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para...Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas... que estén basados la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres.
Art. 10: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminarla discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación.
Declaración americana de los derechos y deberes del hombre
Art. II: Todas las personas son iguales ante la Ley y tienen los derechos y deberes consagrados en esta declaración sin distinción de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna.
Art. V: Toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra los ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada y familiar.
Convención americana sobre derechos humanos
Art. 5: Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
Art. 11: Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y a reconocimiento de su dignidad. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada..., ni de ataques ilegales a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
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