sábado, 13 de octubre de 2007

Los Derechos Humanos También son Sexuales, Los Derechos Sexuales También son Humanos

Manuel Velandia Mora
Publicado en el Libro "Y si el cuerpo Grita... (Déjese de maricadas)". Capítulo 6 sobre Aspectos Legales y de Derechos Humanos: Los Derechos Humanos también son Sexuales, Los Derechos Sexuales también son Humanos. Páginas 173 a 188. Velandia Mora, Manuel Antonio; Editorial Equiláteros, Colombia, 1999

“La pericia y la ética deben ir de la mano
La ética sin pericia es desafortunada;
la pericia sin ética, ciega”

Hans-Martin Sass

1. Al Reconocimiento y aceptación de sí mism@ como hombre o como mujer y como seres sexuados.
El Psicólogo Carl Rogers, cuando habla de la persona que funciona plenamente, plantea que “Una personalidad sana surge durante un proceso que la hace más dueña de sí, capaz de ser auténtico, sin máscaras”. Lo cual le permite incorporar las experiencias propias, descubrirse a sí mism@ en la experiencia total de su organismo y aceptarse a sí mism@ y a l@s demás, con la libertad de ser realmente lo que se es.

Las Mujeres y Hombres pasan por un proceso de de-construcción/re-construcción de su identidad sexual y de éll@s mism@s. Preguntarse acerca de sí mism@ y sobre otras muchas cosas relacionadas con ser hombre o mujer, sobre su papel en la sociedad y la significancia de serlo al interior de todos los procesos sociales de intercambio, surge como resultado de un cuestionamiento sobre la realidad de ser en sí mism@s y en su relación con l@s otr@s.

Generalmente, los procesos educativos formales no permiten un cuestionamiento a l@s educadores por parte de l@s educand@s. Lo que conduce a negar la existencia de los posibles interrogantes. Pareciera que para l@s educadoræs, representantes de diferentes iglesias judeocristianas y para la sociedad en general, las personas no tuvieran la necesidad de elaborar su sexualidad, que no fuera esencial dicho proceso, que las respuestas y la sexualidad se dieran «naturalmente» en la pubertad y que por tanto, los interrogantes y temores propios de este desarrollo no necesitaran ser respondidos o re-interpretados.

Los textos escolares, los materiales didácticos y sus ilustraciones, los textos bíblicos reinterpretados por algun@s hermenéutas y escrituristas responden a una presentación y contenidos sexistas. Existe una socialización diferencial; es decir, no se interactúa con hombres y mujeres de la misma manera. Esta diferenciación es reproducida igualmente en la familia, la escuela, las iglesias, en el trabajo y en todos los estamentos de la sociedad; entonces, no es difícil que una visión y praxis sexista se perpetúe. No sólo influye en nosotr@s aquello que se nos dice. También nos afecta lo que se nos deja de decir, lo que observamos y lo que vivimos en lo cotidiano.

Ser mujer u hombre está sustentado desde nuestras características biológicas y en lo que le es «propio» a cada sexo. Para ello es necesario el reconocimiento de la diferenciación anatómica entre los sexos, del propio cuerpo, de su genital y de su función. En el caso de la mujer, ésta identidad está signada por una de sus representaciones asumidas socialmente como más significativa: Su capacidad diversificadora1 de l@s human@s

El Concepto de Sexo se refiere a los rasgos o características de naturaleza biológica que diferencian a los hombres de las mujeres. Es la conformación de los órganos sexuales, del aparato reproductivo, rasgos secundarios como la voz, el vello, la conformación ósea y muscular. Mientras los rasgos de género varían de una cultura a otra, de una generación a otra y están en transformación permanente por efecto de la cultura, los rasgos sexuales tienen un ciclo de desarrollo marcado principalmente por la edad y son difícilmente modificables.

Desde el patrón-modelo se nos asigna socialmente una serie de roles por el hecho de ser mujeres o de ser hombres. La socialización diferencial es pues, la endoculturización (la socialización en un espacio y tiempo determinados al interior de un grupo social) de lo identificado socialmente como propio del hombre y de la mujer. Es importante recalcar que únicamente será posible para la persona identificarse en sí mism@ cuando se entiendan y desmonten los efectos de la socialización en la existencia, asumiéndose existencialmente único e irrepetible. Construir una identidad particular es la única posibilidad de Ser. Mientras no se use la libertad de construirse, Ser se hace imposible.

Pensarse a sí mism@ implica pensarse a partir de una diferenciación sexo-género; es decir, sobre los datos biológicos de la diferencia sexual se nos ha construido una identidad como niños y niñas, y desde esta dicotomía masculino-femenina observamos el mundo, pero sobre todo, nos observamos a nosotr@s mism@s.

2. A la Igualdad de género

Para la mujer, Ser se ha interpretado socialmente como una posibilidad que se torna imposible sin el apoyo del hombre. Desde esta perspectiva, la mujer se ha escindido y sólo se le ha posibilitado ser “media naranja”, “la costilla”, o el «poder detrás del hombre”. La mujer tendría que construir su propia identidad de sexo, de género, comprender y orientar su rol de género, haciéndose eje y fundamento de su propio desarrollo, para así colocarse en su verdadero papel social e histórico.

¿Son mis interrogantes similares a los de l@s otr@s? ¿Es correcto imaginar, ensayar, callar, desear? ¿Ocurrió algo que me hiciera ser distinta a ellos y a las otras? ¿Soy realmente un ser diferente o soy igual a las otras y a los otros? ¿Si yo no soy un ser escindido, si yo soy una persona completa, ser como soy y lo que soy, me convierte en sujeto-objeto de vulneración? Estos interrogantes y muchos otros más a los cuales la mujer le busca respuesta tienen ahora una perspectiva diferente en su análisis: La perspectiva de género.

Para entender dicha perspectiva es necesario entender ¿Qué es el género?; entender, comprender y asumir que la mujer no está sola, que hace parte de un quehacer social y que su construcción como persona, aun cuando sea un ejercicio solidario con las otras mujeres, implica también un compromiso comunitario en el que el hombre no es el enemigo, ni la permanente reencarnación del poder y la violencia.

Mientras los mismos hombres no revisen su papel y rol de género -que no es lo mismo que ser machista-, es decir, si no se permiten crear su propio discurso sobre la masculinidad, se seguirá tornando difícil en lo cotidiano la convivencia con otros hombres y con las mujeres. El hombre nunca podrá entenderse como el igual con el que convive y trabaja hombro a hombro una mujer, si él mismo se concibe y asume como diferente; en tal sentido el hombre debe reconocerse igual a la mujer.

El Concepto de Género
Según la Secretaría de Mujer y Género de la Consejería para la Política Social, de la Presidencia de la República, “...Género se refiere al conjunto de rasgos adquiridos en el proceso de socialización, que diferencian a hombres y mujeres en una sociedad. Son las responsabilidades sociales, pautas de comportamiento, valores, gustos, temores, actividades, expectativas, etc. que la cultura asigna en forma diferenciada a hombres y mujeres...”. En otras palabras, es el modo de ser hombre o de ser mujer en una cultura determinada. De allí se derivan necesidades y requerimientos diferentes en hombres y mujeres para su desarrollo y realización.

La Antropóloga y feminista mexicana Marta Lamas considera que “... Para los fundamentalistas la Categoría género resulta amenazante para el pensamiento religioso fundamentalista porque pone en cuestión la idea de «lo natural» (tan vinculado con la de lo divino), y señala que es la simbolización cultural, y no la biológica, la que establece las prescripciones relativas a lo que es «propio» de cada sexo... Utilizar la categoría género para referirse a los procesos de diferenciación, dominación y subordinación entre los hombres y las mujeres, obliga a remitirse a la fuerza de lo social, y abre la posibilidad de la transformación de las costumbres e ideas. Así, la perspectiva de género se aleja de las argumentaciones funcionalistas y deterministas, y busca explicar la acción humana como un producto construido con base en un sentido subjetivo...”.

La estructuración del género llega a convertirse en un hecho social con tanta fuerza, que inclusive se piensa como una división natural; lo mismo pasa con ciertas capacidades o habilidades supuestamente biológicas que son construidas y promovidas social y culturalmente. Hay que tener siempre presente que entre mujeres y hombres hay más semejanzas como especie que diferencias sexuales.

La Identidad de Género
Se adquiere mas o menos a la misma edad en que el/la menor adquiere el lenguaje (entre los dos y los tres años). La pertenencia a un determinado género l@s hace identificarse en todas sus manifestaciones: Sentimientos y actitudes, comportamientos, juegos, etc., como niño o como niña (o más concretamente como masculino o femenino) y por este tamiz pasan todas sus experiencias.

El Rol de Género
Se forma a partir del conjunto de prescripciones y normas que dictan la sociedad y la cultura, la clase social, el grupo étnico y hasta el nivel generacional de las personas. Se puede sostener una división básica que corresponde a la división sexual del trabajo aún más primitiva: Las mujeres paren hijos, y por tanto, los cuidan; así que: Lo femenino es lo maternal, lo doméstico, contrapuesto con lo masculino como lo público.

La dicotomía masculino-femenina con sus variantes culturales establece estereotipos, muchas veces rígidos, que condicionan los papeles y limitan las potencialidades humanas de las personas, al estimular o reprimir los comportamientos en función a su adecuación al género. La indumentaria (vestido y accesorios) es el elemento desde el cual se ratifica el modelo del rol de género.

Sin embargo, hombres y mujeres se autodeterminan ante dichos modelos y asumen su propio actuar del rol, llegando incluso a asumir actitudes y comportamientos que pudieran considerarse transgénero; es decir, se ubican mentalmente en lo opuesto a lo esperado socialmente del comportamiento de género de un hombre o para una mujer; por consiguiente existen socialmente hombres con conductas de género femeninas, mujeres que asumen conductas de género masculinas, y hombres y mujeres andrógin@s en su actuar particular (un aparente equilibrio entre lo masculino y lo femenino). Este rol de género consolida la identidad particular de género para la persona.

La Perspectiva de Género
La manera como se relacionan hombres y mujeres en los diferentes procesos sociales, ya sea como pareja, micro o macrogrupo determina las relaciones de género. Éstas están presentes en todos los ámbitos de dominio: Pareja, familia, amigos, escuela, iglesia, trabajo, política, etc.; es decir, no se circunscribe sólo a las relaciones entre personas, sino también a todos los procesos entre los diferentes estamentos y organizaciones.

Hombres y mujeres están inmers@s en un sinnúmero de relaciones de poder, dominación, dependencia, equidad, exclusión, discriminación, tolerancia, equidad, o solidaridad; cómo se manifiesten estas relaciones depende de cómo el género se manifiesta en los procesos de socialización.

Se ha creído que la sociedad es un grupo homogéneo, y que por lo tanto, el bien social es respuesta a la necesidad particular; sin embargo, los individuos tienen necesidades y expectativas particulares y estas son diferentes en función de un amplio número de factores tales como edad, sexo, grupo social, etnia, nivel de educación, poder adquisitivo, clase social, género, conductas y orientación sexual.

Reconocer la diferencia y poder identificar esas necesidades particulares y preparar respuestas adecuadas a dichas circunstancias favorece no sólo un desarrollo integral, sino además, una respuesta en equidad en la que l@s mismos actores sean partícipes en la toma de decisiones. Dicha participación debe ser equitativa, pero sobre todo responder a las necesidades particulares de cada grupo y proceso.

La perspectiva de género parte del reconocimiento de que hombres y mujeres juegan un papel determinante en el desarrollo social y en consecuencia deben tener acceso a las decisiones, los recursos, y los beneficios obtenidos. Las diferencias de sexo y género por ser procesos culturales son cambiantes, redireccionables y por tanto, no son camisa de fuerza, ni limitantes de la participación social, aun cuando aparezcan como demostraciones del ejercicio mal entendido del poder.

La perspectiva de género no es un planteamiento de uso exclusivo para los programas de la mujer. El género es también una situación que afecta a los hombres y las relaciones entre éstos y entre aquellas. Y como ya lo hemos venido afirmando, entre ellos y ellas, por tanto, la perspectiva de género debe ser tenida en cuenta en cualquier actividad o contexto determinado y proponer soluciones pertinentes. Ello no niega que en algunos casos se deban proponer programas específicos para mujeres y por supuesto para hombres, por que el enfoque de género no busca únicamente resolver los problemas de la mujer; si no, establecer relaciones de equidad entre hombres y mujeres.

3. Al Fortalecimiento de la autoestima, la autovaloración y la autonomía para lograr la toma de decisiones adecuadas en torno a la sexualidad.

Autovaloración: El inicio de la heterovaloración
La construcción de la identidad particular y de la perspectiva de género son elementos fundamentales para la participación en los procesos de desarrollo social. Sin embargo, aun cuando cada un@ de nosotr@s se reconozca a sí mism@, si no reconoce a l@s otr@s, su participación en dichos procesos surgirá de la negación de las personas, sin las cuales no le sería posible el ejercicio de la democracia.

Por otro lado, quien no se reconoce vital en la interacción social pierde parte de la esencia que constituye su Ser, por lo tanto, se podría afirmar que esta persona no es. Quien no es, no existe como tal, dado que la existencia como persona (del griego: Sonar a través de) está representada por lo que en esencia somos. A pesar de que nosotr@s mism@s no nos autovaloremos o no nos autoreconozcamos, l@s otr@s asumen de nosotr@s que somos personas. Ell@s nos asumen persona a partir de su propio reconocimiento, nos interpretan desde sus propias vivencias y particularidades. Cada un@ de nosotr@s no es únicamente aquello que otr@s interpretan o quieren que seamos, también se es objeto de la voluntad ajena y por tanto sujeto-objeto de vulneración.

La Mismidad
Además del reconocimiento de la identidad particular, es el reconocimiento de la unicidad; de que soy un(-a) ser únic@ y que por tanto no existe nadie igual a mí: Soy irrepetible y mi proceso de desarrollo será necesario y eminentemente particular. El desarrollo implica un grado de evolución del Ser. Cada nivel de energía o de desarrollo a su vez posibilita un paso posterior (evolución). La tendencia evolutiva parece demostrar que la mayoría de los seres busca permanentemente niveles cada vez más elevados de energía (anatropía); sin embargo, algunos seres asumen procesos entrópicos, es decir, involutivos.

El proceso evolutivo de desarrollo implica alcanzar permanentemente niveles superiores; es decir, hombres y mujeres somos trascendentes. Así mismo, todo nuestro desarrollo evolutivo, consciente o no, hace parte de nuestra existencia (somos históric@s) y ésta, a su vez, se encuentra determinada por nuestra condición de género y su representación en el proceso de intercambio social.

En resumen, toda mujer o todo hombre consciente de su mismidad, se fundamenta en su identidad particular, por tanto en su unicidad y en que es irrepetible, evolutiv@, trascendente e históric@. Cada un@ de nosotr@s es Ser plen@ en sí mism@.

La Otreidad

L@s seres no estamos sol@s en el planeta, permanentemente estamos relacionándonos con otros seres, quienes a su vez también se reconocen en su mismidad. Entendemos a l@s otr@s como diferentes (otreidades); sin embargo, no siempre logramos asumirlos en su verdadera esencia, generalmente much@s de éll@s nos son indiferentes; incluso, parecen no tener sentido en nuestra existencia. Somos intolerantes por que al no reconocerl@s no estamos reconociendo nuestros propios límites.

Mientras el/la otr@, siga siendo «otr@», no es posible un vínculo, ya que éste implica reconocimiento, convirtiendo al «Otro» en «Tú». Cotidiana y generalmente el trato de «Tú» a una persona connota un interés, un acercamiento, posibilitarnos ir hacia él/la, permitirle llegar hacia nosotr@s.

La Liminaridad
Es@s «Otr@s» y esos «Tú» son distintos a «Mí». Reconocerl@s en su mismidad, implica a su vez asumirlos como una unidad plena y con las mismas condiciones en las que me reconozco. Al marcar la diferencia con aquell@s «otr@s» y esos «Tú» estoy reconociendo que existe un límite. El ejercicio de ser permanentemente consciente de los límites de la inter-sujetividad en las relaciones («Yo» - «Tú») se ha denominado liminaridad.

La Alteridad
Asumirse en un permanente juego de intercambio social en el que nuestro quehacer y cotidianidad afecta al «Tú» del otro y de la otra, y que su actuar permanentemente me afecta a «Mí», únicamente es posible desde el reconocimiento de mis propios límites: Liminaridad. Esta exploración de mi posibilidad de afectar desde mi «Yo» al «Tú» y de sentirme afectado desde su «Tú» se denomina alteridad. Dicha alteración es posible de ser analizada desde dos diferentes niveles de manifestación.

El primer nivel hace referencia a la oposición entre los mismos seres y entre éstos y las cosas, por el mismo hecho de existir. El segundo está determinado por las cualidades particulares de es@s «otr@s» y esos «Tú»; es decir, por las relaciones planteadas desde la diversidad. Dicha diversidad nos plantea el relacionamiento desde nuestras mismidades y la posibilidad de la hostilidad, la oposición, el conflicto, la tolerancia, el respeto e incluso, nuestra propia vulnerabilidad y la de aquell@s con quienes socializamos o nos negamos a hacerlo.

El proceso de heterovaloración implica pues la valoración de la diversidad, el reconocimiento pleno y total de es@s «Otr@s» transformándolos en nuestros propios «Tú».

4. Al libre ejercicio de la Orientación Sexual

Cada persona hace una escogencia íntima y excluyente y por tanto clara para sí, de su identidad de orientación sexual. Esto significa que se identica (se asume para sí mism@ y no en función de un modelo) como heterosexual, bisexual, homosexual o lesbiana y que hace conciencia del(-a) objeto-sujeto de su afectividad, su erotismo y su genitalidad. Esta toma de conciencia es particular y por tanto pertenece a la esfera de la privacidad, y no atenta contra la convivencia y la organización social.

Para quienes asumen que la orientación sexual es una opción, ésta se desarrolla a partir de una vivencia. Este proceso es eminentemente pregenital (sin intervención de los órganos genitales), y radica básicamente en la asunción del afecto y el erotismo, siendo concretado posteriormente en el intercambio genital. Generalmente se contempla el análisis de la orientación sexual en personas que tienen relaciones genitales con personas de su mismo sexo, así mismo es el caso de l@s bisexuales, pero casi nunca en la heterosexualidad.

En general, en los homosexuales y las lesbianas dicho conocer no se presenta por negación de las personas del otro sexo (heterofobia), sino por reafirmación de las relaciones con personas de su mismo sexo, situación que no implica una negación total al grupo inicialmente mencionado. Hombres y mujeres son virtualmente afectiv@s l@s un@s con l@s otr@s, sin que por ello se puedan catalogar como bisexuales.

En tal sentido, la homosexualidad, la lesbianidad, la heterosexualidad y la bisexualidad «no pueden transmitirse» por el simple compartir espacios (como si la identidad sexual fuera transmitida aerobiamente) o aprenderse -tampoco aprehenderse- de un momento a otro, pues requiere de un proceso en su construcción.

El proceso por el cual la sociedad identifica sexualmente al individuo se llama Identidad Social Sexual. La sociedad ha creado un patrón «ideal» de identidad sexual: el heterosexual, desde éste modelo, quien asuma una identidad diferente a la preestablecida socialmente, se convierte necesariamente en un ser «diferente», y por tanto marginal. Ello ha «justificado» que para algunos individuos la identidad sexual particular y la identidad sexual social no estén «sintonizadas». 2

5. A Elegir las actividades sexuales según sus preferencias

La preferencia sexual por personas de uno u otro sexo responde a una amplia gama de posibilidades y su reconocimiento únicamente es posible desde la exploración. Cada individuo tiene derecho a realizar cualquier práctica sexual genital de forma privada o con otras personas, si ella no es nociva para éstas y es bajo su consentimiento informado. La actividad sexual no tiene necesariamente un fin coital. Para las iglesias de contenido dogmático judeo-cristiano la genitalidad está limitada a la relación entre personas de sexos diferentes y el disfrute de ésta, es visto como una «corrupción de la carne». Otro tipo de conductas sexuales ejecutadas por los seres humanos para la obtención del placer hay sido catalogadas con conceptos valorativos tales como: Desviación, perversión, aberración, que ya implican en su utilización una censura previa e incluso discriminación hacia quien asume la conducta. Por ejemplo, el coito anal se consideró por la cultura judeo-cristiana como una perversión o desviación, mientras que en otras es solo una forma de enriquecer la vida sexual.

Expresiones comportamentales de la sexualidad3

Es un término acuñado inicialmente por el Instituto Mexicano de Sexología, buscando utilizar un lenguaje descriptivo, objetivo y científico en vez del valorativo, peyorativo, sexista y discriminatorio que se venía promulgando. Las Expresiones Comportamentales Sexuales (ECS) consideradas sexualmente saludables, englobantodas las expresiones comportamentales de la sexualidad que integran el universo expresivo de l@s seres human@s. Las ECS no pueden en su ejercicio vulnerar a la pareja, cuya participación debe hacerse en forma consciente y voluntaria, por tanto, exige el respeto por cualquier forma de vida y condición etárea, física y mental.

Las ECS pueden tener desde una expresión mínima (que produce gusto o satisfacción y que está presente en todo individuo) hasta una prevalencia casi exclusiva. Se han clasificado siete niveles de expresiones comportamentales: 1. La expresión mínima; 2. La expresión acentuada; 3. La expresión eróticosexual al nivel de fantasía; 4. La expresión eróticosexual mínima; 5. La expresión eróticosexual preferida; 6. La expresión eróticosexual predominante y; 7. La expresión eróticosexual exclusiva. Las ECS pueden aparecer en cualquier momento de la vida y reorientarse con apoyo emocional -si la persona así lo desea-. Generalmente se presenta más de una y en algunos momentos requieren ir acompañadas de otras ECS. Se manifiestan en personas de cualquier edad, sexo, genero y orientación sexual.

Las prácticas privadas de ECS que implican auto-agresión corresponden a la esfera de la autodeterminación y por tanto son decisión particular. Las prácticas hetero-agresivas físicas o verbales corresponden a la autodeterminación de quien es el o la sujeto-objeto de las mismas, y su ejercicio sólo es posible tras un mutuo acuerdo que implica un previo consentimiento. La actividad sexual por ser una decisión particular no puede ser fruto del acoso o del abuso.

El consentimiento para ser pleno debe ser informado. Es decir, debe ser una manifestación libre y voluntaria. Para ser libre la persona debe conocer plenamente la ECS a la cual se expone y los efectos que su decisión puede tener en su salud física y mental, como también en sus relaciones sociales. Todo consentimiento, por tanto, debe tener como fundamento la axiología; es decir, teniendo en cuenta la naturaleza intacta de los valores que la persona aprecia y adopta. El consentimiento para ser informado necesita además que la persona asuma su decisión comprendiendo de antemano la realidad a la que se expone, basada en lo que ello significa para su integridad, valores y cultura.

6. Al Ejercicio responsable de la función sexual en su modo erótico y reproductivo (o más correctamente, diversificado).

Según Camilo José Cela, el erotismo es «...el apetito sexual contemplado en sí mismo o en función de los signos, las zonas erógenas, situaciones y objetos capaces de fijar su atención o despertarlo de su sueño. Es la exaltación -y aún la sublimación- del instinto sexual, no siempre ligada a la función tenida por sexual...». El erotismo implica el reconocimiento del(-a) otr@ en toda su extensión y no únicamente en su función genital.

María Lady Londoño reconocida colombiana, líder feminista y luchadora por los Derechos Sexuales y reproductivos considera que «...La vivencia de la sexualidad debe originarse en los deseos, en la excitación, nunca en la obligación, ni en habito de la rutina, menos aun en el temor de ofender o como un acto de obediencia... para adentrarnos en el erotismo hay que aprender a desaprender constantemente, poniéndole alas a los sueños y a los proyectos de vida...».4 Autorizarse a ser, implica autorizarse a sentir-se viv@, y la vida es una experiencia que sólo puede ser plena cuando nos autorizamos a vivirla.

La vida no es una experiencia que pueda vivirse a medias, es la máxima y única experiencia que podemos vivir. El erotismo no está en lo dado, no es historia. El erotismo es la sensación, el sentimiento, el deseo que vivenciamos. No es una construcción terminada; es un proceso que se construye en cada imaginario realizado o no, con cada ser con quien nos permitimos fantasear, tocar, oler, mirar, saborear, oír; el erotismo es un derecho, por que nos da sentido; no es un sin sentido, porque para serlo requiere de nuestros cinco sentidos.

En el esquema judeo-cristiano la genitalidad está eminentemente ligada a la capacidad reproductiva de los individuos. Generalmente es analizada desde la perspectiva de los sexos y tiene como fin la procreación.

Cada hombre y mujer es dueñ@ de sí, de su ser, de su cuerpo. Colocar el cuerpo al servicio de la procreación, de la maternidad y la paternidad es una elección eminentemente particular y no una obligación. Paternar y maternar es un ejercicio que va delante de la capacidad de ser fecundo o fecundable, es la posibilidad de generar vida.

La unión de un espermatozoide y un óvulo es sólo el comienzo de un sinnúmero de procesos que únicamente terminan con la muerte. Proveerlos no significa entonces proveer la vida; cuando mucho, es generar la posibilidad de ésta. El compromiso de la vida entonces no radica en la posibilidad de realizar un acto genital, sino en el compromiso de generar una existencia. Que como mínimo implica dar-se continuamente y hasta cuando la vida generada sea posible y plena por sí misma.

El hecho de estar consciente de realizar un coito no implica la conciencia de ser un(a) generador(a) de existencia. En tal sentido, estar anatómica y mentalmente preparad@s para el disfrute no significa estarlo para paternar o maternar. Como la genitalidad es un hecho disfrutable y válido en sí mismo, y diferente al decidir ser padre o madre, la procreación se convierte en un acto tan valioso por sí mismo, que debe ser validado en su propia esencia, mas no como una consecuencia de otro acto cuyo fin es totalmente diferente.

L@s seres human@s no se reproducen, se diversifican; por que las vidas generadas no son idénticas a las suyas sino únicas e irrepetibles, por tanto diversas. Procrear no es entonces una diversión, sino la posibilidad de generar la diversidad.

7. A la Educación sexual positiva

Desde la infancia hasta la vejez, entendiendo que la Educación Positiva (Useche), es el «...proceso formativo que le brinda a la persona según su desarrollo intelectual y emocional, los conocimientos científicos que le permiten superar la ignorancia sexual, la ansiedad y la confusión que esa ignorancia genera...» , esta educación debe ser oportuna, laica, gradual, científica, respetuosa de la identidad particular y con enfoque de género. La educación sexual tiene sentido si se halla en integración con la vida misma y en la vía de contribuir al desarrollo de la personalidad de hombres y mujeres, teniendo como marco la autonomía, el respeto por sí mism@, y l@s otr@s, el goce, el disfrute y desarrollo de todas nuestras potencialidades como seres humanos.5

Los padres y madres de familia, el entorno familiar, l@s maestr@s y las iglesias en general, construyen para cada persona un itinerario y unas metas de vida enmarcadas en un esquema del “deber ser para la persona”, el cual corresponde a uno socializado de la identidad: La identidad social.

Cuando un hombre o una mujer rompe con dicho esquema, quienes se han convertido en l@s “guardianæs” y “defensoræs” de la “moral pública” pasan a su vez por una serie de procesos, hasta adecuar los comportamientos sexuales de la persona “transgresora” a su imaginario particular del “deber ser”; procesos que le son necesarios para rechazar o permitirse “aceptarla”; dicha “aceptación” sigue, durante otro tiempo, considerándola al margen hasta que es tolerada y por tanto respetada en su existencia.

Este proceso de adecuación al imaginario particular se vive como un duelo, ya que la vivencia particular de l@s otr@s se asume como una pérdida propia. Dichas pérdidas están relacionadas con el temor a que se asuman posiciones de género no esperadas para personas con determinado sexo, conductas sexuales diferentes a las de la orientación sexual heterosexual, que se niegue la posibilidad de tener hijos, o simplemente, que se asuma una profesión o un estilo de vida no considerados “normales” o más correctamente inmersas en la “norma social heterosexual”; es decir, siguiendo la norma del “deber ser” socializado.

Estos duelos permiten reparar las lesiones mentales autocausadas por la intolerancia al libre desarrollo de la personalidad. Para quienes la comprensión de la sexualidad se ha basado únicamente en el conocimiento de su práctica individual, aproximarse a un análisis sobre una identidad sexual distinta a la suya propia puede constituirse en una actividad que le demanda esfuerzo y contradicción, como también en un obstáculo para el entendimiento de la propia, la de otras personas y la general.

Las personas que tienen como eje de su oficio la educación, apoyo, asistencia y asesoría a hombres y mujeres jóvenes, tienen la responsabilidad ética y moral de crear e implementar programas que brinden aceptación y sean sensibles a los requerimientos, inquietudes y necesidades de tod@s l@s jóvenes, incluyendo a los homosexuales, lesbianas y otras minorías sexuales.

Un desarrollo saludable integral, no discriminatorio y positivo, sólo es posible en sociedades, grupos laborales, familiares, educativos y de formación en donde los hombres y mujeres hayan aprendido a no maltratar ni discriminar, y las «minorías» a no permitir esta situación.

Un claro indicio del fracaso en la educación sobre la sexualidad y los Derechos Humanos (en especial sobre el libre desarrollo de la personalidad, la no-discriminación, la tolerancia y el derecho a la diferencia), radica en que se permite en todas las instituciones formativas (escuela, familia, iglesia) los abusos verbales y físicos a lesbianas, homosexuales y otras minorías sexuales, étnicas y raciales, entre otras; desde un patrón de comunicación aceptado socialmente que se caracteriza por ser marcadamente homofóbico, heterosexista é inclusive xenofóbico. Como por ejemplo tratar de “niñas” o “mariquitas” a los jóvenes que no asumen comportamientos machistas

Muchas de las razones esgrimidas por quienes se consideran representantes de la ética y la moral social se basan en el desconocimiento del hecho de que la sexualidad es el componente más profundo de la personalidad humana. Ésta se desarrolla desde la más temprana infancia y continúa evolucionando hasta la edad adulta.

Si hombres y mujeres, lesbianas y homosexuales o de cualquier orientación sexual no pueden o no les es permitido asumir y vivir su sexualidad como algo hermoso y significativo para sus vidas, su crecimiento como personas y su relación consigo mism@ y con la sociedad se desarrollará de manera oculta y por tanto, con una presentación que se plantea hacia la sociedad desde una doble moral, y sobre todo, en un proceso cada vez más conflictivo y autodiscriminatorio.

8. A Espacios de comunicación familiar para tratar el tema de la sexualidad.

La familia es la consecuencia de la interrelación entre quienes conscientemente decidieron generar una o más existencias, y aquell@s en quienes se diversificaron. Al hacer referencia a la vida, el autor no lo hace exclusivamente referenciando la posibilidad de existir (nacer), sino y sobre todo, en la experiencia cotidiana; es decir, en el sentido que se le da a la existencia. De ahí que al pensar en familia no se considere únicamente la posibilidad de los padres biológicos, sino que se conciba como padre o madre a aquellos que asumen tal rol y a su ejercicio, es decir al maternar y paternar. El compromiso de paternar y maternar es posibilitar la vida en sus mejores condiciones de construcción.6

El vínculo no es únicamente posible con aquell@s quienes consiente o inconscientemente generaron el principio de la existencia, sino también y en especial con aquell@s quienes son por decisión particular padres, madres o hermanos, es decir, al entorno construido por la adopción o por el proceso de creación de una neofamilia7 .

Se entiende por neofamilia al grupo o entorno afectivo construido por una persona, luego del rompimiento familiar o por separación de la familia, generalmente por desplazamiento a otra ciudad o país, con personas con quienes tiene elementos en común, tales como la forma de producción, de estudio o de orientación sexual8 .

Es común, sobre todo en hombres homosexuales, compartir afectivamente con quien fue su pareja, luego del rompimiento de la relación, estrechando así vínculos afectivos y emocionales; este proceso también se realiza con algunas personas con quienes tuvo relaciones genitales pasajeras, que no culminaron en una «relación de pareja», pero sí derivaron en una relación de lealtad. Estas personas hacen las veces de padres y hermanos con sus correspondientes roles en la consejería y el cuidado. En lesbianas y personas con otras orientaciones sexuales o vinculadas a la prostitución o al trabajo sexual también se consolidan grupos neofamiliares.

La neofamilia posibilita el diálogo sobre sexualidad y otros temas pertinentes, en mejores condiciones en que lo hace la familia; probablemente, por que en la neofamilia se parte de la sexualidad y la orientación sexual como hechos conocidos y en la familia se pretende ignorar la vida sexual activa de sus miembros. La familia, además, se rige por esquemas morales de contenido judeocristiano, que sobrevalora aspectos como la virginidad, las relaciones prematrimoniales, y fundamenta su actuar y análisis en la pareja y la orientación heterosexual. La sexualidad en la familia es contemplada entonces como una actividad sucia y pecaminosa y su vivencia como una culpa que se «debe expiar».

La familia debe reconocer su papel como célula social, e institución básica de la sociedad9 y posibilitar una educación fundamentada en los Derechos de la persona, sin olvidar las vivencias propias de la juventud y asumidas en la búsqueda de la consolidación de la identidad y la orientación sexual. La valoración y el diálogo de la sexualidad deben estar de acuerdo con una visión que recupere los avances científicos, los procesos sociales y particulares, como también los cambios surgidos con el desarrollo del pensamiento con respecto a la sexualidad; para ello, los padres y madres deben buscar actualizarse permanentemente, con una información clara, precisa y concisa, no olvidando sus propios principios éticos y morales, pero sí bajo la posibilidad de permitir una dialógica10 de los mismos, basados en el conocimiento de que la sexualidad sólo es posible en el ser humano y es construida en el quehacer cotidiano, actividad que no existe por sí misma sino que únicamente es posible en el vinculo constructivo con otros seres.

9. A la Intimidad personal, la Vida privada y al Buen nombre.

Cada persona decide autónomamente respecto a su vida sexual, dentro de un contexto ético social y principios fundamentados en Leyes Positivas; es decir, circunscritas a la Constitución Política, y por ende a los Derechos Humanos. El ejercicio consciente de la sexualidad es racional, y por tanto autodeterminado y actuado bajo consentimiento informado.

Aun cuando hombres y mujeres seamos esencialmente iguales, las múltiples experiencias de la vida, hacen de nuestra evolución, desarrollo y existencia una historia particular. Dicha historia corresponde a la intimidad personal; es decir, a lo que se decide para sí. Cada persona determina qué hace publico sobre sí o qué desea conservar de su intimidad y nadie puede hacer publica dicha información sin el consentimiento y autorización explícita de la persona directamente implicada.

Las relaciones que se establecen con nosotr@s mism@s y con otr@s sujetos están fundamentadas en la necesidad de asumirnos a nosotr@s y a l@s otr@s, de ser reconocid@s por est@s, y en la búsqueda de satisfacer nuestros deseos, afectividad, erotismo y genitalidad, teniendo como fin último, el placer o el displacer; situaciones que determinan la identidad de género y sus roles, las maneras de relacionarse e inclusive el tipo de sujeto u objeto del que o en el que se quiere obtenerlos y además cómo lograrlo: Es decir, todo lo que hace en su conjunto a la sexualidad; ésta es inherente al ser humano y está influida por el periodo prenatal, el sexo, el medio, la cultura, los entornos social, familiar, educativo, laboral y los medios masivos de comunicación.

Se considera Vida Privada lo que cada persona decide hacer o vivir en su sexualidad o en su vida en general, así sea entendido por otr@s como una autoviolencia, incluso hace parte de la vida privada de la pareja, o la familia lo que se vive en relación con otr@s (fundamentado en su intimidad). Situaciones, imágenes de video, fotoografías, cartas, diarios, no pueden ser publicados o divulgados por ningún medio sin autorización de la(-s) persona(-s) directamente implicadas.

Estrictamente hablando, se conoce como outing el proceso de dar a conocer la condición sexual (en especial la orientación sexual homosexual o lésbica) de ciert@ personaje públic@, en la creencia de poder conseguir por este medio los objetivos, generalmente bien establecidos de antemano, que de otro modo no se alcanzan.11

Tremendamente complejo, y con connotaciones que mezclan los derechos a la intimidad y a la información, con los objetivos, el fenómeno del outing está íntimamente ligado a la evolución de las organizaciones proderechos y libertades a lo largo del Siglo XX, pero muy especialmente desde 1990. Generalmente se relaciona el origen del outing con el rechazo Social hacia la comunidad gay que la aparición del sida causó en los Estados Unidos en los primeros 80, pero aún habrían de pasar unos años antes de que los primeros casos sonados tuvieran eco en los medios de comunicación y sobre todo, consecuencias políticas y sociales.

Considero que el outing es siempre erróneo y contraproducente; otros lo contemplan como un arma, una herramienta que debe ser utilizada contra homosexuales y lesbianas no públic@s en su orientación sexual quienes con su actuar o posición política perjudican a otr@s, o a toda la comunidad.

Los más acérrimos defensores del outing argumentan que este tipo de actuaciones debe efectivamente hacerse público, pero que utilizar el outing sólo con ese objeto significa equiparar la revelación de la homosexualidad o el lesbianismo a la imposición de un castigo; para éll@s, el fin último, del outing, aun cuando no lo justifica, es evitar la degradación que supone dar a estas orientaciones sexuales un tratamiento distinto que a la heterosexualidad, sea el que sea, en todos los ámbitos de la vida, incluyendo el que se otorga a los personajes públicos en los medios de comunicación.

Al respecto, el autor considera que la persona tiene además de los Derechos a la Privacidad, su Intimidad y Buen Nombre, el Derecho a que su imagen o parte de ella no sea utilizada por otras personas, en un medio masivo de comunicación o de circulación restringida; como por ejemplo, en un informe científico, una presentación audiovisual en un evento especializado o las memorias de un congreso, sin su consentimiento y autorización; por ser éstas, violaciones a su integridad y autodeterminación.

Cuando una imagen es usada por un profesional para ilustrar una información, la utilización de dicha imagen deberá ser presentada bajo consentimiento informado y por escrito, la persona deberá conocer dicha imagen y ésta estará circunscrita a la situación particular a la que al(-a) usuari@ se le hizo referencia, y de ser posible eliminando características pudieran hacer identificable a la persona, tales como la nariz los ojos, o determinada lesión o marca en la piel fácilmente reconocibles. La persona tiene derecho a privacidad, intimidad, buen nombre y a su imagen, aun después de fallecida.

La interacción social logra que de la persona se construya una imagen socializada, dicha imagen hace referencia directa al status, que es la construcción que una persona hace sobre sí y que es reconocida socialmente. El buen nombre corresponde al derecho que tiene la persona a conservar su status, aquello que es conocido por el público en su interacción social, se conserve y se explicite tal y como es reconocido y no como es interpretado por l@s otr@s agentes sociales. La persona tiene derecho a conservar su intimidad, su vida privada y su buen nombre; es decir, a conservarse integr@.

Para el autor12 la “...Integridad13 es un concepto más complejo que el de autonomía. La integridad abarca la autonomía porque la pérdida de ésta, impide que se obre como ser humano intacto y completo. Puede ser contemplada desde dos ángulos diferentes complementados entre sí: La integridad de la persona, que a su vez se subdivide en Integridad Corporal o Física, Integridad Psicológica o Mental e Integridad Social. La segunda es la Integridad Axiológica...»14.

Integridad Corporal
Toda persona tiene derecho a conservar intacto su cuerpo; quien acceda a éste debe hacerlo bajo el consentimiento del otro o incurre en violación de sus derechos. Ésta se puede perder cuando se encuentra afectado un órgano o un proceso metabólico.

Integridad Psicológica o Mental
La unidad del propio ser con respecto a su cuerpo. La violencia física corrompe el equilibrio del ser; en cuanto a la conciencia y manejo del mismo. Nuestra propia identidad está basada en la conciencia de la mismidad y con referencia a ella, logra un equilibrio emocional; una violación a esa conciencia des-integra la unidad del ser.

Integridad Social
Todo ser está inmerso en un juego de relaciones microgrupales, grupales, sociales, planetarias, universales; y éste envuelve dentro de sí al individuo, haciendo suyas situaciones de los ámbitos de dominio en los que está inmerso. El individuo hace parte del juego bio-psico-social y, a su vez, es una resultante del mismo.

Integridad Axiológica
Cada uno de nosotros se define a sí mism@ desde los valores que ha asumido como propios, sin importar de donde éstos sean tomados. Toda interacción debe partir del respeto a los principios ético-filosóficos individuales”.

Algunos conceptos filosóficos que posibilitan la comprensión de los Derechos Humanos como Derechos Sexuales.

La Relación entre la Autonomía, la Individualidad y la Integridad

Según Edmund Pellegrino15, hasta la década de los 70´s se consideraba que en todo proceso de salud participaban tres actores, cada uno de ellos con su propia significancia moral en su manera de actuar. El/la usuari@ o paciente, lo hacía guiado por el principio de “autonomía”, el profesional, por el de “beneficencia”, y la sociedad, por el de “justicia”; sin embargo, la intervención del(-a) profesional ha cambiado en su moralidad, por que ha modificado su fundamento ético; ahora la autonomía ha desplazado a la beneficencia como primer principio de la bioética, ello conlleva una relación más franca y abierta, y así se respeta aún más la dignidad de l@s usuari@s.

Toda intervención para considerarse ética debe respetar tres derechos: A la autonomía, a la intimidad y a la integridad, recordando que toda decisión autónoma se fundamenta en el consentimiento informado. A continuación el autor expone la relación entre estos tres elementos y sobre algunos valores y virtudes morales que apoyan la toma de decisiones y el actuar ético de las personas.

Recordemos que la autonomía es la facultad para gobernarse, dicha capacidad de autogobierno, es inherente al ser humano por tanto es tan solo una cualidad de los seres racionales. A éstos les permite elegir y actuar en forma razonable, es decir fundamentada en la razón. Dicha decisión se hace sobre la base de una apreciación personal de las futuras posibilidades y estas están evaluadas en función de un sistema propio de valores. Implica pues, la posibilidad de pensar, sentir y emitir juicios sobre lo que considera bueno para sí; esta posibilidad puede verse afectada por elementos internos o externos, tales como: Condiciones o disfunciones cerebrales, la edad, la coerción, el engaño e incluso, aun cuando se cuente con uso pleno de todas las facultades, verse impedida por la falta de la información pertinente y adecuada.

Para que un acto de un individuo sea autónomo, debe satisfacer los criterios de consentimiento informado; es decir, tener la posibilidad de decidir sin restricciones internas o externas, con toda la información necesaria y de acuerdo con la axiología; o sea, la situación particular de la persona quien decide, de ello se infiere que la persona debe actuar fundamentada en lo que considera mejor para sí misma y no por lo que otr@s podrían considerar mejor para ella.

El autogobierno está tan arraigado en el ser humano que su ejercicio constituye un derecho moral que genera para sí mism@ y con relación a los otros el deber del respeto por su propia autonomía. El principio de la autonomía según Campbell Courtney, significa “... que debemos tratar a las demás personas con fines en sí mismos, en particular en lo que concierne a la libertad, su libertad de acción y de autodeterminación...”16. Por más que la persona considere beneficiosas sus decisiones para los demás, estos “bienhechores” no pueden excusarse en dichos beneficios para actuar, no importa que tan “benéficas” sean sus intensiones.

El consentimiento más que un asunto legal, es un asunto moral, y aun cuando la beneficencia también lo es, el hecho de considerar que la decisión particular beneficia a la otra persona, no justifica olvidar que es suya la decisión de recibir o no dicho beneficio. La autonomía no puede vulnerar los acuerdos y exigencias de la sociedad a la cual pertenece la persona, pues dicha vulneración atenta contra los derechos sociales; sin embargo, es necesario aclarar que no se puede ejercer el derecho a la autonomía si no se reconoce el derecho a la intimidad y se concibe a la persona como ser íntegro.

La invasión a la integridad que implica por ejemplo, un acto penetrativo, una práctica oral genital, o el toque que hace un profesional de la salud al cuerpo de su paciente, conlleva lo posibilidad de entender que existen invasiones lícitas a la integridad, para serlo necesitan de un consentimiento informado.

La autonomía está subordinada a la integridad; por ejemplo, no importa que el/la usuari@ de un programa considere que el aborto es una decisión correcta o que prefiere la inseminación artificial, no puede obligar a la otra persona a estar de acuerdo con dicha apreciación y menos aún a practicarlas. Se exige un respeto mutuo a la integridad, dicho respeto no implica ceder a los propios principios, por ejemplo, se conoce que una persona que vive con el HIV/sida, sostiene relaciones genitales sin protección y que con sus practicas está colocando en riesgo a su pareja; es lógico que entendamos que dicha actuación vulnera la integridad de su pareja, por tanto, el/la terapeuta está en la obligación de denunciar dicha actitud y ello no implica una violación a la integridad de esa persona, ya que su ejercicio genital es un acto que sobrepasa su propia autonomía al ejercer una violencia a la integridad de su pareja. El paternalismo viola la integridad de la persona.

Una persona, si así lo desea, puede ceder en su autonomía si considera que su integridad está afectada y que puede mejorarse con determinado procedimiento; en ese caso en particular, la persona puede permitir que su terapeuta decida lo que “es mejor”, sólo así, el/la terapeuta pudiera traspasar sus propias barreras para decidir en nombre del(-a) otr@; recordando que la decisión que así se toma, no está hecha en nombre del(-a) paciente, por el paciente; es decir, no en lugar de éstæ, sino en beneficio de su propia decisión. Las personas inmersas en la sociedad generalmente fundamentan su decisión particular y éste se ve limitado por razones de justicia social.

La integridad es un asunto de existencia, por ser un atributo del ser humano, la integridad no se puede restringir, ya que es parte de nosotr@s mism@s. No puede ser restringida por razones de edad, por uso no adecuado ni completo de las facultades, es Inalienable, no se puede renunciar a ella; por que no se puede Enajenar, Ceder ni Transferir; es Inherente, por que constituyen un modo de ser intrínseco al sujeto.

Todo actuar en sexualidad es un compromiso ético y se fundamenta en la virtud de la integridad, para actuar integralmente, es necesaria una máxima sensibilidad moral y de respeto por la individualidad, la integridad del(-a) usuari@ de los servicios y de su autonomía.

Es importante recalcar que la manera como cada persona presenta los hechos puede “orientar” la toma de decisiones, igualmente puede lograr la significancia social que puede tener para tomar una decisión, el buen nombre de quien la apoya. Por éso, toda acción debe estar fundamentada en la virtud de la fidelidad a la confianza depositada en el/la terapeuta u orientador(-a), en su virtud de capacidad para renunciar al propio interés y mantenerse en unos contenidos humanistas, en resumen, Bioéticos.

Secreto Profesional

Cada persona que acude a un(-a) profesional en busca de apoyo, asesoría, consejería, terapia u otra forma de atención que tenga que ver con su intimidad, honra y buen nombre, espera y confía en que aquello que diga en consulta sea respetado y por tanto no divulgado, así no haya realizado con el/la profesional un mutuo acuerdo explícito al respecto. Dicho Derecho se denomina Secreto Profesional. Según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual 17 es: «La información reservada o confidencial que se conoce por el ejercicio de determinada profesión u actividad».

Para Lozano Bedoya, Carlos Augusto, en el documento El Secreto Profesional, publicado por la Defensoría del Pueblo18: «... El secreto profesional es un deber para quien por razón de su trabajo llega a tener conocimiento de asuntos que han de permanecer bajo absoluta reserva. El deber del secreto impone al confidente la obligación de ocultar no sólo aquellas revelaciones conocidas por él de manera directa. También lo agrava con el imperativo de guardar silencio aun sobre datos que se relacionen de manera indirecta con tales revelaciones...». Así mismo, según Madrid-Malo Garizabal, Mario19 : «...Quien hace las confidencias tiene, a su vez, el derecho a exigir el respeto por el secreto de oficio, pues del silencio guardado sobre esas confidencias depende la integridad de otros derechos fundamentales del ser humano...».20

Citas
1 A la que socialmente se le ha denominado reproductora.
2 En la sentencia T-539/94 de la Corte Constitucional Colombiana, que tuvo como ponente al Magistrado Dr. Vladimiro Naranjo Mesa, se afirma: «...los homosexuales tienen interés jurídicamente protegido, siempre y cuando en la exteriorización de su conducta no lesionen una conducta diferente, a la de los heterosexuales, no por ello jurídicamente carecen de legitimidad... en aras del principio de igualdad, consagrado en la Carta como derecho constitucional fundamental de toda persona humana, no hay título jurídico que permita discriminar a un homosexual...» En la citada sentencia existe Salvamento de Voto de los magistrados Jorge Arango Mejía y Antonio Barrera Carbonell, en la que expresan: «Toda consideración basada en la conducta sexual como factor de desigualdad, lleva en sí el germen de la discriminación. La corte por tal motivo, no debe hacer análisis que partan del supuesto de tratar a los homosexuales como seres distintos a la generalidad de los humanos».
3 Sexoterapia Integral; J. L. Álvarez –Gayou; Manual Moderno, México; 1992
4 Derechos sexuales y reproductivos. Los más humanos de todos los derechos; Maria Ladi Londoño E. ISEDER; Colombia 1996
5 Useche, Bernardo; Citado en Para pensar la educación sexual; Moncayo, Carmen Celina; Revista Su Defensor, Nº 2 Septiembre de 1993.
6 «...El respeto entre los integrantes de la familia y la protección de sus derechos influye de modo directo en el respeto recíproco de todos los miembros de la sociedad...» La familia debe «...Garantizar su desarrollo armónico y el ejercicio pleno de todos sus derechos fundamentales prevalentes, consagrados en el inciso 1º del artículo 44 de la Carta; entre ellos, el de tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y el amor, la educación, la cultura, la recreación y la protección contra toda forma de abandono o violencia...» La Protección construccional de la familia; Díaz, Marta Elena; Su Defensor, Nº 6, enero de 1994; Defensoría del Pueblo, Bogotá 1994
7 El concepto de neofamilia en lo referente a la homosexualidad y el sida fue elaborado por el autor en 1988 y publicado inicialmente en el texto Aspectos sociológicos, seguimiento y tratamiento de pacientes con sida; Revista Avances en Enfermería; Volumen VI, Nº 1, Enero - Junio, Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Enfermería, Bogotá, 1989
8 Ningún instrumento internacional de Derechos Humanos incluye la Orientación Sexual entre aquellas condiciones individuales que jamás deben ser tomadas en cuenta para establecer distinciones, exclusiones, restricciones o preferencias. Sin embargo, esa orientación está comprendida dentro de las que los artículos 2,1 y 2,2 del PIDCP abarcan al hacer referirse a cualquier otra «condición social»; Tamayo, Marta Lucía. Tomado de La Discriminación por causa de la orientación sexual; Su defensor, Año 2, Nº 22; Defensoría del Pueblo, Mayo de 1996. Las sentencias T-97 de 1994 de la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional habla explícitamente de la homosexualidad como una situación que «... entra en el ámbito de protección y, en tal sentido, ella no puede significar un factor de discriminación...». La sentencia T-539 de la Sala Novena de revisión del mismo año dice «...No hay titulo jurídico que permita discriminar a un homosexual...»
9 Artículo 5º Constitución Política de Colombia
10 Dialógica: se entiende como el dialogo de saberes y experiencias en el que los planteamientos particulares de los dialogantes fundamentan una construcción común de una idea o concepto.
11 El término outing (de out: sacar, salir a la luz), fue acuñado por la revista Time, y en concreto por el periodista William Henry III, en 1989.
12 Velandia Mora, Manuel Antonio. La confidencialidad: Una violación a los derechos de quienes viven con HIV/sida; Derechos Humanos y Salud; Defensoría del Pueblo, Colombia 1993.
13 Integridad: Etimológicamente, el término integridad proviene del Latín integer, y significa totalidad, entereza o unidad intacta.
14 Integridad Axiológica: la naturaleza intacta de los valores que apreciamos y adoptamos.
15 Bioética: Temas y perspectivas; Organización Panamericana de la Salud, Publicación Científica Nº 527; USA, Washington 1990.
16 op.cit. Bioética.
17 Ed. Heliasta, Buenos Aires, 1986.
18 Su Defensor; Nº 9, abril de 1994.
19 Derechos Fundamentales, Ed. ESAP, Bogotá 1992.
20 La Constitución colombiana en su artículo 74, claramente prescribe: «El secreto profesional es inviolable». La Corte Constitucional en la sentencia C-150 del 22 de abril de 1993 afirma: «... Esa calidad de inviolable que atribuye la Carta al secreto profesional, determina que no sea siquiera optativo para el profesional vinculado por él, revelarlo o abstenerse de hacerlo. Está obligado a guardarlo...».
En Colombia, cualquier persona que por razón de su profesión u oficio pueda o deba guardar secreto, está protegida con arreglo al artículo 284 del Código de Procedimiento Penal. Existe en la ley la posibilidad de ser cubiert@ por las normas del secreto profesional para aquellas personas que por su actividad actúan en su papel de Confidente Necesario y que por tal razón, conocen hechos pertenecientes al fuero íntimo, personal y familiar de un(-a) tercer@. Así mismo, el artículo 26 del Código de Procedimiento Penal prescribe que, nadie está obligado a denunciar los hechos punibles eventualmente conocidos por razón del ejercicio de actividades que le impongan el secreto profesional.

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